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Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

¿Qué es el CERD?

Escrito por: Miguel Pereira

El CERD (por sus siglas en inglés), es el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD), el cual es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial por parte de los Estados Partes.

Todos los Estados partes (miembros) del Sistema de Naciones Unidas, tienen la obligación de presentar informes periódicos al Comité sobre cómo se están aplicando los derechos de las personas afrodescendientes a nivel de cada uno de los países. 

Los Estados deben presentar un informe inicial un año después de su adhesión a la Convención y, posteriormente, cada dos años. En el caso de Uruguay, debe presentar cada dos años de forma obligatoria los informes, ya que este ratificó la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, mediante la ley N.º 13.670 en el año 1968.

El cometido de dicho Comité, es examinar cada informe y comunicar a los Estados parte sus preocupaciones y recomendaciones en forma de “observaciones finales”.

Además del procedimiento de presentación de informes, el Convenio establece otros tres mecanismos a través de los cuales el Comité ejerce sus funciones de control, como son los siguientes:

  1. Procedimiento de alerta temprana
  2. denuncias entre Estados
  3. Denuncias Individuales

¿Para qué sirve?

Enmiendas a las constituciones nacionales para incluir disposiciones que prohíban la discriminación racial:

  • Promueve la revisión de normativa u otras disposiciones legales
  • Enmiendas a la ley a propuesta del CERD;
  • Tipificación de la discriminación racial como delito punible;
  • Garantías jurídicas contra la discriminación en materia de justicia, seguridad, derechos políticos o acceso a lugares destinados al uso del público en general;
  • Programas educativos;
  • Creación de nuevos organismos para tratar los problemas de discriminación racial y proteger los intereses de los grupos indígenas;
  • Consultar previamente al CERD sobre los cambios previstos en la ley o en las prácticas administrativas.

Todos estos aspectos dependerán de las acciones de incidencia y lobby que realicen las organizaciones del movimiento social afrodescendientes, pues lo que se genera desde el CERD son observaciones que se llevarán a cabo a partir de la fortaleza de la sociedad civil y sus propios involucrados.

Antecedentes en Uruguay

En la temática afrodescendiente y de discriminación racial, existen antecedentes de haber comparecido ante el CERD en la década del 90.

Es importante tener esto en cuenta, porque dicho órgano de Naciones Unidas, recibía informes por parte del Estado Uruguayo donde manifestaba que en el país no existía población afrodescendiente, y por consecuencia datos que pudieran testificar su presencia en el territorio nacional.

En el examen de 1981 el Comité señaló que el Uruguay no “respondía a las preguntas hechas”, en 1982 “varios miembros expresaron su desaliento con el informe” y “se formularon críticas referentes a la calidad de la información suministrada”5 En 1991 el representante del Estado uruguayo remarcó que no se tenían datos sobre la realidad de la población afrodescendiente porque “al elaborar las estadísticas sobre la estructura demográfica del Uruguay se omitía tradicionalmente la clasificación por razas o minorías, dado que esa clasificación podría constituir en sí misma una forma de discriminación”6. Por otra parte, desde el Comité se señaló “su preocupación por las lagunas del informe” y a su vez “expresa su satisfacción por la reanudación del diálogo con el Estado parte” luego de más de una década de ausencia frente a este organismo.

El Dr. Luis Ferreira, autor del libro “El movimiento negro en Uruguay (1988-1998). Una versión Posible” manifiesta textualmente que: “La dimensión del episodio local detonado por el artículo del N.Y. Times tuvo por consecuencia que la lideranza de OMA tomara muy rápidamente consciencia del valor instrumental que adquiría, por un lado, el interés por la temática de la minoría negra en Uruguay despertado en los medios globales y, especialmente, de los Estados Unidos; por otro, la sensibilidad del gobierno y los medios locales a la imagen internacionalmente reflejada de la nación. Este aspecto de las consecuencias de la globalización aparece entonces instrumentalizado y apropiado estratégicamente por OMA. Un informe producido por OMA fue presentado, en 1996, directamente al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas (CERD) en Ginebra. El Comité llamó a comparecer al estado uruguayo quien fue instado a aportar datos, resultando de ello el estudio estadístico del INE.”

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